Decreto de nuevo callejero de Arciprestazgos y Parroquias de Jerez de la Frontera

Jesús Bazán

31 de marzo de 2025

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Prot. 03/14/25

Corresponde exclusivamente al Obispo diocesano erigir, suprimir o cambiar las Parroquias, pero no las erija, suprima o cambie notablemente sin haber oido al Consejo presbiteral (c. 515 §2).

Tras venir constatando que el callejero de Arciprestazgos y Parroquias en Jerez de la Frontera, muestra algunas lagunas e imprecisiones que inducen a interpretaciones arbitrarias, es mi deseo en uso de mi jurisdicción ordinaria, y una vez oído el Consejo del Presbiterio, Decretar ad experimentum por el tiempo un año, un nuevo callejero que indique nitidamente los límites geográficos y facilite así la atención pastoral de Arciprestazgos y Parroquias

El nuevo callejero, con sus respectivos planos cartográficos de cada Arciprestazgo y cada Parroquia queda recogido en el Documento ANEXO a este Decreto.

Para que así conste, lo firmo y sello con refrendo del Secretario General-Canciller de este Obispado en Jerez de la Frontera a 19 de marzo de 2025.

+José Rico Pavés

Obispo de Asidonia-Jerez

Luis Salado de la Riva, pbro.

Secretario General-Canciller

Diócesis Asidonia - Jerez