LAS INDULGENCIAS PLENARIAS PARA LOS DIFUNTOS SE AMPLÍA DURANTE TODO EL MES DE NOVIEMBRE


27 octubre, 2020

La Penitenciaria Apostólica publicó la semana pasada un decreto por el cual se amplia las indulgencias plenarias para los difuntos durante todo el mes de noviembre con la finalidad de evitar aglomeraciones de fieles.

Pulse en este enlace para ver completo el Decreto de la Penitenciaria Apostólica https://press.vatican.va/content/salastampa/es/bollettino/pubblico/2020/10/23/difun.html

La Santa Sede amplía a todo el mes de noviembre la obtención de las indulgencias plenarias para los difuntos con la finalidad de evitar aglomeraciones de fieles en los cementerios o en las iglesias, de esta forma se cumplen con las distintas disposiciones sanitarias dictadas para frenar la pandemia.

Este ampliación se hizo publico a través de un Decreto firmado por el Penitenciario Mayor, Cardenal Mauro Piacenza, con mandato del Papa Francisco. La Santa sede establece “la indulgencia plenaria para los que visiten un cementerio y recen por los difuntos, aunque sólo sea mentalmente, establecida por norma general únicamente en días concretos del 1 al 8 de noviembre, pueda ser transferida a cualquier otro día del mismo mes hasta que se acabe. Esos días, elegidos libremente por los fieles, también pueden ser independientes entre sí”.

Además este mandato expresa que “la indulgencia plenaria el 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten allí el Padre Nuestro y el Credo, puede ser transferida no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno de los fieles”.

Asimismo se menciona que “los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos graves no puedan salir de casa, por ejemplo, a causa de las restricciones impuestas por la autoridad competente para el tiempo de la pandemia, con el fin de evitar la aglomeración de los fieles en los lugares sagrados, puedan obtener la indulgencia plenaria siempre que se unan espiritualmente a todos los demás”.

Para ello, deberán estar “completamente desapegados del pecado” y tener “la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), ante una imagen de Jesús o de la Santísima Virgen María, recen oraciones piadosas por los difuntos”.

Esas oraciones podrán ser, por ejemplo, “laudes y vísperas del Oficio de Difuntos, el rosario mariano, la corona de la Divina Misericordia, otras oraciones por los difuntos más apreciadas por los fieles”.

También es válido para obtener la indulgencia “la lectura meditada de alguno de los pasajes del Evangelio propuestos por la liturgia de los difuntos, o realizar una obra de misericordia ofreciendo a Dios los dolores y las dificultades de su propia vida”.

ASIDONIA

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